//Los menores a sus domicilios por las noches en Ramayón

Los menores a sus domicilios por las noches en Ramayón

Luego de algunos problemas producidos en la localidad de Ramayón por menores durante la noche la Comisión comunal junto las autoridades policiales de común acuerdo decidieron reflotar una Ordenanza del año 2017 en bien de la comunidad.

Son constantes los daños producidos a espacios públicos en los últimos días en Ramayón. esto llevó a su Presidente a reflotar la Ordenanza.

Una copia de la misma fue entregada a la comunidad firmada por su Presidente Comunal -Mario Truchett – y en las últimas horas se ha viralizado provocando opiniones a favor y en contra sobre la resolución.

Sin embargo en la mañana de hoy una de las integrantes de la Comisión Comunal manifestaba a San Justo Noticias: -“Sabemos que quizás en las próximas elecciones a llevarse a cabo el año que viene – 2019 – la gente no nos apoye por esta postura pero consideramos que gran parte de la comunidad quiere vivir tranquila y con algunos menores provocando destrozos en la vía publica o molestando a altas horas, esto es imposible. Así que asumimos el costo político porque queremos vivir en el pueblo que hasta ahora tuvimos”.

La medida catalogada como “altamente militarizada” por algunos, ha sido vista con agrado por parte del pueblo de Ramayón mientras en las redes sociales a nivel departamento San Justo las opiniones son diversas.

Este es el Comunicado que ya recorre las calles del pueblo ubicado a 12 kilometros al norte de San Justo.

POR ORDENANZA 131/2017 SE PROHÍBE:

PERMANENCIA DE MENORES ENTRE 11 Y 15 AÑOS EN LUGARES PÚBLICOS DESPUÉS DE LAS 22HS. EXCEPTO QUE ESTÉN A CARGO DE SUS PADRES QUE SE RESPONSABILICEN DE LOS MISMOS.

PROHÍBASE A LOS MENORES COMPRENDIDOS ENTRE LOS 15 Y 17 AÑOS A PERMANECER EN LUGARES PÚBLICOS DESPUÉS DE LA HORA 23:00 EXCEPTO QUE ESTÉN A CARGO DE SUS PADRES QUE SE RESPONSABILICEN DE LOS MISMOS

QUEDA PROHIBIDO LA VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS A MENORES DE 18 AÑOS EN CUALQUIER TIPO DE ACTIVIDAD COMERCIAL (BARES, KIOSCOS, EVENTOS VARIOS, ETC.). EL INCUMPLIMIENTO DE LAS PREVISIONES DE LA PRESENTE ORDENANZA SERÁ PASIBLE DE MULTAS AL INFRACTOR Y AL TITULAR DEL COMERCIO Y/O ORGANIZADOR DEL EVENTO.

 

 

FUENTE: SanJustoNoticias