//Arroyo Aguiar: Confirmaron la condena a un hombre por amenazas y violencia de género contra su pareja

Arroyo Aguiar: Confirmaron la condena a un hombre por amenazas y violencia de género contra su pareja

Se trata de Agustín Raúl Sarla, de 79 años. Se le impusieron tres años de prisión condicional y una multa y se le prohibió tener cualquier tipo de contacto con la víctima. La sentencia fue ordenada en el marco de un juicio oral y público que finalizó esta tarde en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. La Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual (Gefas) de la Fiscalía Regional 1 representó al MPA.

Un tribunal de segunda instancia confirmó por unanimidad la condena impuesta en un juicio oral y público a un hombre de 79 años identificado como Agustín Raúl Sarla, quien amenazó a su pareja con armas de fuego y con un cuchillo en Arroyo Aguiar (departamento La Capital)Los camaristas que resolvieron confirmar la sentencia de primera instancia son Jorge Andrés, Roberto Prieu Mántaras y Roberto Reyes. Los magistrados también rechazaron los planteos de invalidez y exclusión probatoria que había realizado la Defensa del condenado.

En primera instancia, Sarla fue condenado en mayo del año pasado por la jueza Celeste Minniti. Se le impuso una pena a tres años de prisión de cumplimiento condicional, una multa económica, una prohibición para tener armas de fuego y una prohibición de acercamiento a 500 metros y de contacto de cualquier tipo con la víctima”.

Rechazos

El primer voto fue el del camarista Andrés, mientras que los magistrados Prieu Mántaras y Reyes expresaron argumentos similares y votaron en el mismo sentido.

“El allanamiento realizado en la casa de Sarla fue válido”, sostuvo Andrés y agregó que, por ese motivo, debe “desestimarse el planteo impugnatorio” de la Defensa.
También planteó que coincide con “el análisis e interpretación de la prueba que realizó el Tribunal y su adecuación típica”, y agregó que “la subsunción legal de las conductas efectuadas por la magistrada en su resolución han sido correctas”. Con todo, el juez agregó que “no encuentra asidero a los agravios de la Defensa”.

Amenazas
La fiscal Parodi recordó que “el domingo 18 de octubre de 2020 estaba previsto que el nieto -menor de edad- de la mujer que resultó víctima fuera de visita a una casa de calle Corrientes al 600 de Arroyo Aguiar, donde residía la pareja”.

“Antes de que llegue el niño, Sarla colocó armas de fuego largas y cortas en la galería de la vivienda”, sostuvo Parodi y aclaró que “todas apuntaban hacia el ingreso”. Según planteó la fiscal, “mientras esperaba sentado, le dijo a la mujer que iba a dispararle ‘al que pase por la puerta’”.
“La conducta delictiva generó el lógico temor en la víctima, quien tomó diversas medidas para resguardar a sus familiares”, añadió la funcionaria del MPA.

Además, Parodi planteó que “tres días después, el condenado amedrentó nuevamente a su pareja en el domicilio”, y precisó que “lo hizo con un revólver y un cuchillo que puso sobre la mesa del comedor”.
Parodi aseguró que “tanto las palabras de Sarla como su lenguaje corporal y gestual tuvieron entidad suficiente para coartar la libertad psíquica y física de la víctima”. Además, la fiscal subrayó que, “desde años anteriores, la mujer sufría violencia de género por parte del condenado”.
Por otro lado, la fiscal hizo hincapié en que “al momento de su detención, el hombre de 79 años tenía un su poder una pistola semiautomática calibre 22 largo y no tenía la debida autorización legal para tenerla”.

Calificación penal
La sentencia confirmada al condenado es por la autoría de los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma de fuego (reiterada en dos oportunidades) y tenencia ilegítima de arma de fuego.

Oficina de Prensa y Difusión MPA