La Unidad Fiscal Especial de Homicidios de la Fiscalía Regional 1 estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en todas las etapas judiciales.
Los camaristas Martha Feijoó, Oscar Burtnik y Fernando Gentile Bersano confirmaron por unanimidad la condena a prisión perpetua impuesta al autor del homicidio de Julio Cabal, cometido en 2019 en un local céntrico de la ciudad de Santa Fe. Se trata de Juan Cruz Gambini, de 28 años.
La Unidad Fiscal Especial de Homicidios de la Fiscalía Regional 1 estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en todas las etapas judiciales.
Agravios rechazados
El recurso de apelación fue presentado por la Defensa de Gambini, que requirió su absolución y, subsidiariamente, una modificación en la calificación penal del ilícito.
La Fiscalía indicó que “el abogado defensor propuso un análisis fragmentado de la prueba producida en el debate y cuestionó la valoración que se hizo de tres testimonios, entre ellos, el de una empleada del negocio que presenció el homicidio”. En tal sentido, el MPA remarcó que “las declaraciones fueron precisas, circunstanciadas y contundentes”.
Siguiendo el voto de Feijoó, los camaristas sostuvieron que “con arreglo a la sana crítica racional, es decir, de acuerdo a criterios de razón y experiencia, apreciaron la prueba producida los jueces que integraron el tribunal del juicio oral”. Según subrayaron, “el apelante no logra demostrar el yerro de los jueces”.
Por otro lado, la Defensa criticó la inclusión como prueba de una gorra que el condenado tenía puesta al llegar al local comercial y quedó allí cuando él se fue. La Fiscalía explicó que en ella se encontró material genético del linaje paterno del condenado. “Ningún equívoco del tribunal en las conclusiones referidas a la gorra hallada se presenta en la decisión jurisdiccional dictada”, aseguraron los jueces de segunda instancia.
Asimismo, frente a agravios vinculados a la teoría del caso desarrollada por el MPA y avalada en el debate oral, los camaristas expresaron que “la mecánica del hecho en el que resultara víctima Julio Cabal y la autoría penalmente responsable de Gambini luce acreditada sin duda racional alguna”. En tanto, el tribunal calificó de “insostenible” lo argumentado por la Defensa acerca de que el condenado no había manifestado intenciones de robo.
Por su parte, el Centro de Asistencia Judicial (CAJ), que como Querella representa a la madre de la víctima, subrayó que “esta causa tiene la particularidad de contar con numerosa prueba concatenada e íntimamente relacionada que permite formar un bloque probatorio sólido”. Al respecto, se agregó que “el único autor del hecho y cómo sucedió el mismo se encuentra sobradamente demostrado”.
Disparos
El homicidio de Cabal fue cometido alrededor de las 13:15 del martes 17 de septiembre de 2019 en una fiambrería ubicada en Urquiza al 2.200 de la ciudad de Santa Fe. En ese momento, la víctima estaba atendiendo el negocio, que era propiedad de su familia.
El MPA relató que “Gambini estacionó una moto entre dos autos en la puerta del local, entró armado, increpó y apuntó un arma de fuego hacia Cabal y la empleada que estaba allí”. Según se señaló, “les ordenó que se tiraran al piso e intentó acceder a la caja del comercio”.
“Cabal opuso algún tipo de resistencia que motivó los disparos de arma de fuego”, aseveró la Fiscalía. Uno de los proyectiles impactó en el tórax de la víctima y provocó su muerte horas más tarde en el hospital José María Cullen.
Por su parte, “Gambini se fue en la moto, pasó en rojo el semáforo de Urquiza y Salta y se dirigió hacia el oeste”, se puntualizó.
Amenazas
Gambini además fue condenado como autor de amenazas cometidas el lunes 30 de abril de 2018 a la siesta en perjuicio de una mujer que estaba con su nieta menor de edad en Pasaje Cervantes al 4.200 de la capital provincial.
“El agresor le exhibió un arma de fuego a la víctima y le dijo que si lo volvía a mirar, la iba a matar”, precisó la Fiscalía.
Delitos
En septiembre del año pasado, Gambini fue condenado como autor de homicidio doblemente calificado (por haber sido cometido con un arma de fuego y por haber sido perpetrado por no haber logrado su propósito de robo -criminis causa). Además, la pena se le impuso por la autoría de tentativa de robo calificado (por el empleo de arma de fuego) y amenazas calificadas.
Fuente: Oficina de Prensa y Difusión MPA